“Soy extranjera y llegué a Guanajuato acompañando a mi esposo, quien vino a trabajar, y ahora yo quiero trabajar, pero ingresé con visa de turista, qué tendría que hacer?.”
Por Germán Estrada*
Pues bien, este es el caso de muchas mujeres talentosas, quienes han llegado recientemente a nuestro estado y quieren aportar su ingenio y su trabajo para seguir desarrollándose y apoyar el desarrollo de estas tierras… ¿qué deben hacer?.
La autoridad responsable de regular el ingreso, tránsito, residencia y salida de cualquier extranjero en México, es el Instituto Nacional de Migración, el cual depende directamente de la Secretaria de Gobernación, la cual, a su vez, depende directamente del Presidente de la República, también llamado Poder Ejecutivo.
El Instituto Nacional de Migración (INM), cuenta con una oficina (llamada Delegación Federal) en cada estado del país. En el caso de Guanajuato las oficinas de la Delegación Federal se encuentran en la ciudad de León, y cuentan además con una oficina en San Miguel de Allende, y otra en el Aeropuerto Internacional del Bajío, en Silao.
Para trabajar en México se requiere de una VISA de trabajo, la cual se tramita antes de ingresar al país siguiendo estos pasos:
El extranjero debe de contar con una carta invitación por parte de la empresa o institución a donde va a trabajar, se le llama Oferta de Empleo.
Esta empresa o institución debe de estar registrada en el INM en el padrón de empresas quienes solicitan extranjeros para trabajar, este registro debe de hacerse en el estado donde está ubicada la empresa. Si la empresa no cuenta con ese registro, se debe de realizar antes de iniciar la invitación al trabajador.
En el portal del INM se especifica la documentación que el extranjero y la empresa debe de presentar para solicitar la VISA de trabajo: pasaporte, registro de la empresa, llenado del formulario correspondiente, pago de derechos (impuestos), curriculum del trabajador que se pretende contratar y carta de la empresa que hace la solicitud al trabajador, donde justifica la contratación.
Ingresados los datos de solicitud al sistema del Portal del INM, el extranjero tiene que solicitar en el Portal de la Secretaria de Relaciones Exteriores, S.R.E., una cita en la Embajada mexicana de su país, en dicha cita se le entrevistará y preguntará sobre la oferta de empleo de la empresa en México. Los datos expresados en la solicitud y capturados en el sistema deben de coincidir para avanzar con la aprobación del trámite, si no existe coincidencia entre los que se solicita en sistema y la entrevista, es muy probable que la solicitud sea rechazada. Por ejemplo, si el extranjero declara que la empresa lo invita a ocupar un determinado puesto, y en los documentos se afirma otra cosa, el rechazo es muy probable.
Una vez realizada la entrevista, en la embajada o consulado, el INM es notificado de los resultados de la misma, y se encuentra en posibilidad de aprobar o rechazar dicha solicitud, dado el conocimiento completo de la solicitud.
La oficina del INM donde se inició el trámite, informa a la empresa de los resultados de su trámite de solicitud de visa de trabajo en favor del extranjero.
Si el extranjero ya ingreso al país, y reside en su calidad de visitante, VISA de turista, es decir, no cuenta con Visa de trabajo, también conocida como visitante con permiso para realizar actividades remuneradas, y quiere cambiar su calidad migratoria a VISA de trabajo, debe de seguir los pasos arriba señalados, como si no estuviera en el país. Se debe de ingresar la solicitud en la oficina del INM en el estado donde se va a trabajar, sacar la cita en la embajada más cercana (EUA, Canadá o Guatemala), no tiene que regresar a su país de origen, si fuera el caso Japón, no tiene que ir necesariamente hasta la embajada mexicana en Japón, puede sacar la cita en una de la embajadas o consulados mexicanos mencionados.
Todo esto se encuentre regulado en la Ley de Migración y en el Reglamento correspondiente.