¿Conoces sobre el pago de estos impuestos? Si eres dueño de un auto y vives en Guanajuato es importante que conozcas las tarifas de estos pagos para evitar recargos
Por Diana Tejada y Eiko Sara Osawa
En Guanajuato las personas que son dueñas de un vehículo deben pagar dos tipos de impuestos: la tenencia y el refrendo.
El refrendo:
Es un pago anual por el uso de placas, no importa el valor del coche, es un costo determinado para toda la ciudadanía, el costo para este año 2019 es de 453 pesos. Se debe pagar a partir del 2 de enero hasta el 31 de marzo. En caso de no pagarse en este periodo existe una sanción de 555 pesos.
Dónde pagar el refrendo:
En instituciones bancarias, en las cajas de las tiendas de autoservicio (Comercial Mexicana, Fresco, Chedraui, Soriana), farmacias (ISSEG, Guadalajara, Del Ahorro) y algunas tiendas Oxxo y Extra. También se paga en Oficinas Recaudadores del Gobierno del Estado y en línea https://finanzas.guanajuato.gob.mx/c_refrendo/index.php
La tenencia
- La tenencia se cobra por tener un vehículo, y se debe pagar un porcentaje del valor total del auto.
- En el 2012 la tenencia dejó de ser obligatoria en Guanajuato. Sin embargo, en 2019 este impuesto regresará para elevar el presupuesto del Gobierno del Estado.
¿Quiénes pagan tenencia?
- El impuesto se aplicará a vehículos con valor de 580 mil pesos con IVA incluido.
- Autos con valor de 580 mil hasta 1 millón-pagarán el 3%
- Autos con valor de 1.5 millones de pesos-pagarán 5%
- Autos con valor de 2 millones de pesos-pagarán 7%
- Autos con valor a más de 2 millones de pesos-pagarán 9%
Excentos de pago de tenencia:
Quedan exentos del impuesto los vehículos que cuesten menos de 580 mil pesos, auto eléctricos, los importados temporalmente, vehículos al servicio de misiones diplomáticas y consulares, vehículos con más de 10 años de antigüedad y vehículos para discapacitados. Para las personas con más de 65 años se aplicará la mitad del impuesto.
¿Dónde pagar la tenencia?
En oficinas recaudadoras del Gobierno Estatal.
IMPORTANTE:
El pago de la tenencia y el refrendo son impuestos estatales y NO son causa de multas de Tránsito.