
Son tiempos de elecciones en el área sindical de las empresas instaladas en México. Para los trabajadores mexicanos sindicalizados este es un tema nuevo.
En 2019, en la administración del presidente de México Andrés Manuel López Obrador, se realizaron reformas laborales debido a los ajustes en el Tratado de Libre Comercio entre México, Estados Unidos y Canadá (T-MEC), donde se plantea que en las empresas instaladas en México (extranjeras y nacionales) debe haber democracia interna para elegir a los sindicatos, y de esta manera mejorar los contratos laborales de los trabajadores.
La fecha límite para que las empresas con sindicatos realicen elecciones es el 2 de Mayo del 2023.
Varias empresas japonesas ya están en este proceso. Como Honda en Celaya, donde ya se realizaron las elecciones y el sindicato de la CTM (Confederación de Trabajadores de México) ha resultado ganador. Lo que significa que en Honda Celaya no habrá cambios.
Esto no pasó en General Motors (GM). En esta empresa automotriz, el resultado de las elecciones fue en contra del sindicato mexicano CTM, es decir, los trabajadores sindicalizados de GM dijeron no al sindicato que por décadas cuidó de sus derechos laborales.
A este proceso electoral, se le conoce como legitimación del contrato colectivo del trabajo. Y en General Motors se canceló el contrato colectivo que durante 25 años tuvo la CTM.
Ahora, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (institución del gobierno que regula el tema laboral en México) debe validar estas elecciones. Y por su parte, General Motors, convocará a nuevas elecciones para que participen los sindicatos interesados en este contrato colectivo. Pueden postularse varios sindicatos, incluso la CTM puede participar nuevamente.
En el caso de General Motors, el proceso para la legitimación del contrato colectivo laboral fue observado por el INE (Instituto Nacional Electoral) y por la OIT (Organización Internacional del Trabajo), para garantizar democracia en las elecciones.
Por ahora, los trabajadores de la General Motors siguen sin contrato colectivo de trabajo.